La SCJN ordena al Congreso de Yucatán despenalizar el aborto
Con esta resolución, el Congreso de Yucatán se verá obligado a iniciar un proceso legislativo para eliminar las normas que criminalizan el aborto.
La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) ha concedido un amparo a la organización Servicios Humanitarios en Salud Sexual y Salud Reproductiva (SHSSR) A.C., determinando que los artículos del Código Penal del Estado de Yucatán que criminalizan el aborto voluntario deben ser derogados. La resolución, tomada por la Primera Sala en una sesión pública el 21 de agosto, se ha producido por mayoría de cuatro votos.
El fallo responde a una solicitud presentada en 2021 por SHSSR, junto con las organizaciones UNASSE A.C. y AbortistasMx. Estas entidades argumentaron que las disposiciones vigentes en el Código Penal de Yucatán obstruyen la capacidad de ofrecer servicios de aborto sin temor a ser criminalizadas.
La SCJN ha declarado que las normativas actuales impiden a SHSSR cumplir con su objetivo social, que es proporcionar servicios de salud a mujeres y personas con capacidad de gestar que los requieran. La Corte determinó que las disposiciones que penalizan el aborto voluntario son incompatibles con el derecho humano a decidir sobre la vida reproductiva, un derecho vinculado al derecho a la salud.
Siguiendo los precedentes establecidos en los Códigos Penales de Aguascalientes y el Federal, se ha ordenado al Congreso de Yucatán la derogación de los artículos que prohíben de forma absoluta el aborto voluntario, explicó SHSSR en un comunicado.
Aunque la versión oficial de la sentencia no estará disponible hasta dentro de varias semanas, AbortistasMx ha adelantado que la resolución se basa en los argumentos presentados en la Acción de Inconstitucionalidad 148/2017. En ese caso, se reconoció que el derecho a decidir sobre la vida reproductiva es esencial y que las legislaciones penales deben reformarse para permitir el acceso al aborto voluntario.
Con esta resolución, el Congreso de Yucatán se verá obligado a iniciar un proceso legislativo para eliminar las normas que criminalizan el aborto. No obstante, de acuerdo con los alcances del artículo 4 constitucional, definidos en la misma Acción de Inconstitucionalidad, los Servicios de Salud estatales ya tienen la obligación de proporcionar servicios de aborto voluntario, sin necesidad de esperar a la reforma del Código Penal.
"Esta nueva sentencia de la SCJN permitirá eliminar el obstáculo que ha impedido que las personas puedan ejercer con libertad su autonomía reproductiva", afirmó AbortistasMx.